Abundante de cebolla
De las propiedades de la cebolla se habla ampliamente en esta página, pero aparte de la curiosidad de que en este diccionario del siglo XVIII se relacione la popular liliácea con nuestro pueblo, cosa a la que estamos tan acostumbrados cuando vamos a otros pueblos de la provincia, quería fijarme en el dato de que a esas alturas del siglo XVIII todavía no se había añadido a Berlanga el apellido De Duero, que figura actualmente en su nombre oficial.
Tengo oido o leido en alguna parte que mediante un decreto real se obligó a los pueblos con los nombres repetidos a adoptar algún tipo de distinción, pero desconozco mas datos al respecto y el criterio que se siguió para que uno de ellos mantuviera el nombre original. En nuestro caso el Berlanga a secas se lo quedó el pueblo de Badajoz, es posible que porque tuviera más habitantes. ¿Sabe alguien donde se puede encontrar este decreto?
- Foto de Any Manetta
6 comentarios
Anónimo -
JK -
Saludos a Osnabrück de Duero y gracias otra vez.
Osnabrück -
Gaceta de Madrid, 184, 2 Julio 1916
Presidencia del Consejo de Ministros
EXPOSICIÓN
SEÑOR: La Real Sociedad Geográfica ha realizado prolijo y meditado estudio para la reforma de la Nomenclatura geográfica de España, por estimar de conveniencia y verdadera utilidad el cambio de denominación de las entidades de población cabezas de distrito municipal a fin de que desaparezca la extraordinaria y lamentable confusión originada por el hecho de existir, entre los 9266 Ayuntamientos que constituyen la Nación, más de 1020 con idénticos nombres, y éstos sin calificativo ni aditamento alguno que los distinga.
Al acometer dicha Real Sociedad labor tan importante y meritoria, háse atenido a bases ó reglas generales que imprimiesen a la obra unidad de criterio, limitándola en lo posible y procurando que afectara al menor número de localidades, dejando intacto el nombre actual á las poblaciones de mayor categoría administrativa, como las capitales de provincia, cabezas de partido judicial y las de mayor número de habitantes, y variando los de aquellas entidades de población cuyo número de vecinos es menor que el de sus homónimas, procurando que el calificativo que se asigna no sea arbitrario, sino el que la tradición, el uso ó los afectos de cada localidad vienen consagrando, y teniéndo también presentes los antecedentes históricos, circunstancias especiales del terreno, etc.. y con especial predilección las palabras que expresen nombre de corriente de agua, de la montaña, del territorio, de la particularidad geográfica, en fin, en cuyas cercanías o dentro del cual se halle enclavado el Ayuntamiento ó población cuyo nombre propone modificar, habida cuenta del carácter de perpetuidad del accidente que califique y distinga al pueblo de que se trate, a fin de que lleve consigo la casi inmutabilidad de su nueva designación.
En los Ayuntamientos conocidos con dos nombres ha eliminado uno de ellos y los que llevan las palabras junto a las ha sustituido por la partícula de.
La expresada Sociedad Geográfica ha consultado y obtenido favorable informe respecto a la indicada reforma de las Direcciones Generales de Correos y telégrafos, del Instituto Geográfico y Estadístico, de los Registros Civil, de la Propiedad y del Notariado, de las Diputaciones Provinciales respectivas.
En atención a lo expuesto, el Ministerio que suscribe tiene el honor de elevar a la sanción de V.M. el adjunto proyecto de Real Decreto.
Madrid, 27 de Junio de 1916
SEÑOR A L.R.P. de V.M.
Conde de Romanones
REAL DECRETO
De conformidad con el Presidente de Mi Consejo de Ministros: de acuerdo con el mismo Consejo y con el parecer de la Comisión permanente del Consejo de Estado.
Vengo en aprobar la reforma propuesta por la Real Sociedad Geográfica, cambiando de denominación a los 573 Ayuntamientos de España en aquélla comprendidos, los cuales, en lo sucesivo, se designarán con los nombres que especifica la siguiente relación, que se instalará en la GACETA de MADRID, Boletines Oficiales de las provincias y publicaciones oficiales de los Departamentos ministeriales.
Dado en Palacio á veintisiete de Junio de mil novecientos dieciséis.
ALFONSO
El Presidente del Consejo de Ministros: Álvaro Figueroa
Osnabrück -
En caso de que sea así, creo que tendríamos que considerar lo dicho por Axinio como anécdota y no como consejo.
Saludos.
Axinio -
Diario de un burgense -
Asi que, paisanos de Berlanga, ya sabeis de que teneis que presumir...
Jejeje
Un saludo.
Diario de un burgense